![El Supremo endurece las penas contra la extorsión online: Intimidar a menores solicitándoles fotos y vídeos sexuales es agresión sexual](https://image.jimcdn.com/app/cms/image/transf/dimension=840x10000:format=jpg/path/s8c1c2c11f4b89029/image/i3bd54c232d902515/version/1622834437/el-supremo-endurece-las-penas-contra-la-extorsi%C3%B3n-online-intimidar-a-menores-solicit%C3%A1ndoles-fotos-y-v%C3%ADdeos-sexuales-es-agresi%C3%B3n-sexual.jpg)
La intimidación online es suficiente para hablar de delito de agresión sexual: El Tribunal Supremo resalta que la distancia física entre el agresor y la víctima no desnaturaliza los requisitos de la agresión sexual.
El Tribunal Supremo tipifica como agresión sexual, y eleva la condena de 2 años y 9 meses a 5 años y 4 meses, a un hombre que intimidó a una menor a través de las redes sociales exigiéndole que le enviase fotografías y vídeos de ella con contenido sexual https://t.co/8F5Y7crpPa
— Noticias Cuatro (@noticias_cuatro) May 31, 2021
El condenado utilizó un perfil falso para contactar con una menor de 12 años, a quien no conocía, con el objetivo de engatusarla (grooming) para obtener contenido sexual. Una vez obtuvo dicho contenido, obligó a la menor a enviarle más fotografías y vídeos sexuales amenazándola con difundir los contenidos que ya tenía a sus contactos y familiares en redes sociales.
Tras un recurso, fue condenado por corrupción de menores y agresión sexual, elevando la condena inicial de 2 años y 9 meses a 5 años y 4 meses. Esta resolución puede decantar la balanza en futuros casos similares de extorsión a menores a través de redes sociales e Internet.
Fuentes
- Noticias jurídicas: "Robar vídeos sexuales de menores con intimidación en redes sociales es agresión sexual"